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Los seguros que puedes desgravar en la declaración de la renta 2020

Como ya todos sabéis, estamos inmersos en la campaña de la declaración de la renta 2020, una campaña que, debido a la situación de pandemia mundial provocada por el COVID-19 tiene muchas dudas que las realizadas por los contribuyentes en años anteriores.

El plazo para presentar la declaración de la renta 2020 lleva abierto desde el pasado 7 de abril y tenemos hasta el próximo 30 de junio para realizarla y enviarla. La mayoría de los contribuyentes tienen algún seguro de vida, médico o de hogar o coche, entre otros. ¿Pero, te has preguntado alguna vez si estos seguros los podrías deducir de tu declaración anual del impuesto de la renta?

En Serinte, tu asesoría de referencia en Vigo, tenemos las respuestas que buscas para realizar correctamente tu declaración de la renta 2020.

Hablando, por ejemplo, del seguro de hogar, las primas de seguros pagadas por el seguro de tu vivienda habitual, generalmente no desgravan al IRPF, pero si están asociadas a una hipoteca tienes derecho a deducir esta inversión. La prima satisfecha por el seguro contra incendios también formará parte de la deducción por inversión en inmueble

Como dato a tener en cuenta, solo puedes desgravar los seguros vinculados a tu hipoteca si esta fue formalizada antes del 31 de diciembre de 2012. A partir del 1 de enero de 2013 el gobierno dio por finalizada esta desgravación por la compra de vivienda. También puedes descontar el 15% del importe abonado por la compra o reforma de tu vivienda habitual, hasta un máximo de 9.040€. La prima pagada por el seguro de vida se podrá deducir también en tu declaración siempre y cuando cumpla los requisitos anteriores, estar vinculado a tu hipoteca y haber sido adquirido antes de que hubiese finalizado el año 2012.

Los propietarios que tengan inmuebles alquilados pueden deducir todos los gastos necesarios para su arrendamiento, esto incluye los seguros de hogar, de responsabilidad civil o el de impago de alquileres.

A continuación, hablaremos de los seguros médicos. Las primas del seguro médico pagadas por los autónomos se consideran gastos deducibles en el impuesto sobre la renta. En el caso de la desgravación de este seguro tiene un límite de desgravación de 500€ por cada miembro de la familia. Si en tu unidad familiar hay alguna persona con discapacidad este importe asciende a 1500€ de desgravación fiscal por la tenencia de este seguro. En ningún caso si eres un particular puedes deducirte un seguro de salud, solo se permite si eres un autónomo, una empresa o un empleado que tiene un seguro de salud colectivo contratado por su empresa.

Por otra parte, los trabajadores que sean autónomos pueden deducir todos los gastos relacionados con los vehículos, siempre y cuando estos se usen exclusivamente para la realización de la actividad. Además, también podrán deducir todas las primas de seguro realizados con la actividad que desarrollan y de los seguros de accidente, estos se desgravan en la declaración de la renta bien sea para cubrir los accidentes de los autónomos o de sus empleados.

No te olvides que en asesoría Serinte, ubicada en Vigo estamos para hacerte la vida fácil y resolver cualquier duda que tengas con este tema o para realizar tu declaración de la renta en Vigo 2020 de una forma muy económica. Ponte en contacto con nosotros en el correo: info@serinte.es o en el teléfono: 986 22 71 89 y te sorprenderás.

 

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